miércoles, 26 de mayo de 2010

Los residuos sólidos urbanos, denominados residuos urbanos en la nueva Ley de Residuos (Ley 10/1998, del 21 de abril, de Residuos), son aquellos que se generan en las actividades desarrolladas en los núcleos urbanos o en sus zonas de influencia, como son los domicilios particulares, los comercios, las oficinas y los servicios. También son catalogados como residuos urbanos los que no son identificados como peligrosos y que por su naturaleza o composición puedan asimilarse a los producidos en los anteriores lugares o actividades.

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